Conforme a la sentencia T-125
de 2009, en el fuero de discapacidad se adelanta el
procedimiento administrativo, que existe para el fuero materno, y respecto de
los despidos de trabajadores discapacitados efectuados sin autorización de la
Oficina del Trabajo, se aplica en particular una de las reglas establecidas
positivamente en el caso de la trabajadora en embarazo, cual es, la presunción
de que el despido o la terminación del contrato de trabajo se produce como
consecuencia de su discapacidad..

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