Sentencia
T-447/13
ACCIÓN DE TUTELA PARA OBTENER REINTEGRO LABORAL DE TRABAJADOR DISCAPACITADO QUE GOCE
DE ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA-Procedencia
excepcional
ESTABILIDAD
LABORAL DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD-Subreglas jurisprudenciales relacionadas
con el alcance de la protección constitucional
ESTABILIDAD
LABORAL DE LAS PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD-Empleador debe conocer de la enfermedad
que aqueja al empleado, con excepción de los enfermos de VIH
ESTABILIDAD
LABORAL REFORZADA DE TRABAJADOR DISCAPACITADO-Carece de todo efecto despido o
terminación de contrato sin la autorización previa del Ministerio de Trabajo/DERECHO A LA ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA
DE TRABAJADOR DISCAPACITADO-Inspector
de trabajo tiene el deber o no de autorizar el despido del trabajador
Conforme a la jurisprudencia
constitucional, la Sala advierte que todo despido de un trabajador
discapacitado debe contar con la autorización previa de la autoridad de trabajo
correspondiente. Sin dicho permiso la terminación del contrato laboral será
ineficaz, y en consecuencia el empleador deberá reintegrar al empleado y pagar
la indemnización de 180 días de salario. El precedente ha indicado que el pago
de la compensación no otorga eficacia al despido, en la medida que no protege
el derecho a la estabilidad laboral reforzada de las personas discapacitadas.
De hecho, las Salas de Revisión han subrayado que “ninguna actuación del
empleador torna en eficaz el despido de un trabajador en situación de
discapacidad si no existe autorización de la autoridad competente”. Este
requisito consiste en que el Inspector del Trabajo tiene el deber de autorizar
o no el despido del trabajador, analizando si existe la justa causa alegada por
el patrono o si tal decisión resolutoria obedece a la discapacidad del
empleado. El permiso no es una mera formalidad puesto que se estableció con el
fin de que la autoridad administrativa respectiva verifique que cuando
empleador despide a un trabajador discapacitado no está vulnerando los derechos
de una persona que cuenta con especial protección constitucional.
