En lo posible, un trabajador
que sufre de alguna discapacidad que le impide desempeñarse adecuadamente en su
puesto de trabajo, debe ser reubicado antes de considerar la terminación de su
contrato, o la no renovación del mismo.
Suele
suceder que un trabajador ha sido contratado cuando gozaba de todas sus
capacidades físicas y mentales, pero luego sufre un accidente o enfermedad que
le generan algún nivel de incapacidad. Ante una situación así, el empleador
debe primero reubicar al trabajador en otro puesto en el que sí pueda
desempeñarse adecuadamente:
(…)Por otra parte, debe el
Estado garantizar la igualdad de oportunidades y “remover todos los obstáculos
que en los ámbitos normativo, económico y social configuren efectivas desigualdades
de hecho que se opongan al pleno disfrute de los derechos de estas personas, y
en tal sentido, impulsar acciones positivas.”
En cuanto a las acciones
positivas, aquellas que tienen como finalidad proteger a ciertas personas o
grupos para eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o
económico que los afectan o bien, para procurar que los miembros de un grupo
discriminado tengan una mayor representación en el escenario político o
social,[7] esta Corporación ha establecido que de las acciones afirmativas a
favor de las personas con limitaciones físicas o mentales se deriva
precisamente una estabilidad laboral reforzada, la cual, se
traduce en el deber para los empleadores de ubicarlos en cargos en los cuales
puedan desarrollar labores que no atenten contra su integridad y en la
prohibición de desvincularlos de sus puestos de trabajo, a menos que medien
causas justas y objetivas, previamente evaluadas por la Oficina de Trabajo(…)
[Sentencia T-233 del 2010]
Así
las cosas, el empleador debe procurar ubicar al trabajador en un cargo acorde
con sus capacidades físicas o mentales, en el cual puede desarrollar sin
contratiempos las actividades propias del cargo.
Si lo
anterior no es objetivamente posible, se presenta entonces en el horizonte la
posibilidad de despedir el trabajador, pero tendrá que contar con la
autorización del inspector de trabajo, y para ello deberá probar la
imposibilidad de reubicarlo.Tomado:http://www.gerencie.com/en-lo-posible-un-trabajador-discapacitado-debe-ser-reubicado-antes-que-despedido.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario